PAZ Y BIEN.
Atendiendo a lo aprobado en el Cabildo General Extraordinario de Cultos y Estación de Penitencia, Cuentas y Proyectos, celebrado el pasado domingo 26 de Febrero, se comunica de forma fehaciente la Convocatoria del Cabildo de Elecciones, que se regirá en lo establecido en el Capítulo Segundo del vigente Reglamento de Régimen Interior (salvo en lo especificado en el art. 21 en cuanto a la fecha del mismo). A tenor de lo dispuesto, acompañamos un resumen del calendario previsto de las Elecciones:
- FECHA PREVISTA DE VOTACIÓN:
Domingo 11 de Junio de 2017, entre las 10:00 h y las 14:00 h.
- CENSO ELECTORAL: exposición pública en la
Capilla del Convento entre el 21 de Abril y el 20 de Mayo, para su consulta y
solución de posibles incidencias (los viernes, salvo festivos, de 18:00 h a 20:00 h)
- PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS:
hasta el 30 de Mayo, POR ESCRITO, a la Junta de Gobierno, entregando el
Secretario un resguardo por este hecho.
- EXPOSICIÓN DE LAS CANDIDATURAS:
desde el 31 de Mayo hasta el 5 de Junio en el Tablón del Convento.
- DERECHOS DE VOTO: Tendrán derecho de
voto todos los cofrades mayores de 18 años, que estén al corriente de pago de
las cuotas de la Cofradía hasta el año 2016, y se hallaren presentes en el lugar y día señalado
en la convocatoria, previa identificación. Los ausentes podrán hacerlo por
delegación mediante autorización por escrito, en la que deberán figurar los
datos de ambos dos, ausente y representante.
- SOBRE LA VOTACIÓN: La elección se hará
por voto PERSONAL y secreto entre los cofrades inscritos en el censo
electoral. Se considera nulo el voto emitido que contenga tachaduras o
enmiendas, o no se extiendan en el modelo aprobado.
- VALIDEZ DE LA MISMA: Se considerarán
valida la elección siempre que vote, al menos, el 20% de los cofrades que
figuren en el censo de votantes. Si no fuese así, se celebrará una nueva
convocatoria en un plazo inmediato. Si se llegase a producir, será válida con
el quórum de los que asistan.
- MODO DE ELECCIÓN: Será elegida la candidatura que obtenga, como mínimo, a su favor, la mayoría simple de votos útiles. En caso de empate, se realizará una nueva votación en el plazo de un mes.